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Las Comisiones de Relaciones Exteriores y de la Mujer y Desarrollo Social del Congreso de la
República, en sesión conjunta, aprobaron la ‘Convención Iberoamericana de Derechos de los
Jóvenes’, con restricciones “interpretativas” respecto al derecho de las personas y comunidades
homosexuales a la no discriminación, al derecho a la identidad y personalidad propias, y al derecho
a la formación de una familia. Como se recuerda, hace algunos meses, el Pleno del Congreso
devolvió a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de la Mujer el Dictamen que recomendaba la
aprobación de la Convención con reservas, para su mayor análisis y sustento. Sin embargo, éstas
Comisiones sólo tomaron en cuenta las opiniones técnicas del Ministro de Relaciones Exteriores,
José Antonio García Belaúnde, y de la representante de la Secretaria Nacional de la Juventud, Judith
Puente de la Matta, obviando aquellas que fueran formuladas desde sociedad civil.
Curiosamente, un informe de Cancillería revela que el texto de la Convención no puede aprobarse
con las reservas propuestas inicialmente en el Congreso, porque en ella se “contienen un núcleo de
normas ius cogens, normas de derecho interpretativo o perentorio, que reflejan la protección
jurídica de intereses colectivos esenciales para la sociedad internacional… y que debe ser
preservada frente a cualquier derogación o reserva”. Frente a la inviabilidad de las reservas como
recurso jurídico, y en particular por tratarse de un instrumento de derechos humanos, se recomendó
entonces el uso de la declaración interpretativa que en buena cuenta “es una institución muy cercana
a la reserva”. En resumen, se buscó una formula que permitiera aprobar la Convención con
restricciones en lo referente a los derechos humanos de las comunidades de lesbianas, gays, trans y
bisexuales.
Debe tenerse en cuenta que el actual Congreso de la República, en diversas iniciativas legislativas,
ha eliminado sistemáticamente toda mención que considere positivamente los derechos humanos de
las personas y comunidades homosexuales, como ocurrió con la Ley que modificó el art. 323 del
Código Penal, que refiere a las causales de discriminación, o cuando se eliminó el término de
orientación sexual en la Ley de Igualdad de Oportunidades, entre otras iniciativas legislativas. Más
preocupante aún, porque durante la ultima campaña presidencial, el entonces candidato Alan García
Perez -sin que nadie se lo propusiera- se comprometió públicamente a promover la aprobación de
las uniones civiles de parejas del mismo sexo. Así las cosas, pareciera que las proximidades de la
jerarquía eclesiástica -y su cardenal Juan Luis Cipriani- y el presidente de la República, hoy se
hacen extensivas a Torre Tagle y al Congreso de la República, con el beneplácito de los grupos
confesionales ultra-conservadores presentes en las galerías del Congreso. En este contexto, algunos
congresistas de buena fe señalan que ante la posibilidad de la aprobación de la Convención con
reservas (posibilidad inviable por tratarse de un despropósito jurídico) la introducción de la formula
de la interpretación -que limita derechos- es un avance. Lamentablemente no es así. Lo que han
hecho las Comisiones de Relaciones Exteriores y de la Mujer, es aprobar un instrumento legislativo
que consagra formalmente la desigualdad ante la ley, y que paradójicamente, se propone en el
marco de la aprobación de un instrumento llamado a garantizar y promover los derechos humanos.
Lima, 8 de abril del 2008
JORGE BRACAMONTE ALLAÍN
/Movimiento Homosexual de Lima (Mhol)
+ (51 1) 332 29 45 / + (51 1) 994 805 399
bracamonte@mhol.org.pe |
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