Anexo al Informe Examen Periódico Universal de Chile |
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Este anexo incluye un recorrido histórico de la presencia y organización política de travestis, transexuales y transgéneros en Chile; casos recientes de violaciones al derecho a la vida, la seguridad y la libertad personales y casos recientes de violación al derecho al trabajo. Primera parte: Recorrido histórico (1) En Chile, a principios del siglo XX, proliferan en la zona norte y principales puertos del país las llamadas “casas de remolienda”, donde se ejercía la prostitución. En estos ambientes empiezan a incorporarse personas que hoy en día podríamos denominar “travestís” y describir como personas que siendo socialmente reconocidas como hombres, se vestían como mujeres. Estas travestís solían ejercer la prostitución y formar grupos asociados a este ambiente principalmente, y eso es algo que se repite hasta el día de hoy, por representar una identidad socialmente marginal. En marzo del año 1973 se realizó en el Hospital San Borja Arriarán de Santiago la primera operación de readecuación sexual en una mujer transexual llamada Marcia Alejandra, llevada cabo por el equipo del Doctor Antonio Salas. Al mes siguiente, el 22 de abril de 1973, se realizó la primera marcha homosexual en la ciudad de Santiago en la cual participaron numerosas travestís que ejercían el comercio sexual en los alrededores de la plaza de armas de la ciudad. Hasta ese entonces no existía una identificación identitaria clara por parte de estas sujetas, las que se sumaron a los petitorios de no discriminación y derecho a matrimonio homosexual. Ese mismo año ocurrió el golpe de estado al mando de la junta militar y cuya dictadura permaneció durante 17 años. Durante la dictadura, la mayoría de las travestís de ese entonces permanecía al alero del comercio sexual callejero, casas de remolienda o prostíbulos. Este es el caso de la renombrada “Casa de la tía Carlina”, ubicada en la comuna de Independencia en la ciudad de Santiago. Aquí se formó un ballet de transformistas, “El Blue Ballet”, que parodiaba a un conocido equipo de fútbol de la época. Lugares como este resistieron a la limpieza social llevada cabo por el régimen de Pinochet. También proliferaron las quintas de recreo donde se hacia transformismo o espectáculos artísticos de travestis. En el resto de las ciudades siguió el trabajo sexual travesti principalmente en lugares donde se concentraban los recursos económicos (ciudades puerto y ciudades mineras). Al mismo tiempo se siguieron llevando a cabo operaciones de readecuación sexual de forma discreta. Con respecto a las violaciones a los Derechos Humanos de personas Transexuales durante los años de dictadura, no existen registros claros hasta el momento. Un testimonio es de “Tomás Rivera, La Doctora”, que relata en el libro Bandera Hueca el asesinato de amigas travestis en San Gregorio días posteriores al 11 de septiembre, pero sospecho que este drama no ha sido tomado en cuenta por las Agrupaciones de Derechos Humanos. Afortunadamente, la Corte de Apelaciones de San Miguel abrió una investigación respecto de 20 personas que fueron fusiladas tras el Golpe de Estado, pudiendo existir entre los muertos minorías sexuales. Se dice que de acuerdo a las primeras investigaciones las víctimas ya identificadas fueron enterradas en lugares cercanos el Cementerio Metropolitano y no se vinculan sus muertes atropellos de tipo político. En Chile no se asesinó solo por militancias políticas, sino que también por orientaciones y militancias sexuales. También existe un caso en el cual presumiblemente las víctimas habrían sido travestís. El caso es registrado en el Informe Rettig, donde se relata que en fosas comunes de la zona norte del país, utilizadas por los militares durante la dictadura para ocultar cuerpos de personas ejecutadas políticas, se habrían encontrado cuerpos de personas genotípicamente del sexo masculino y que llevaban ropas de mujer. Este hecho motivó que en año 1991, el recientemente formado Movimiento de Liberación Homosexual, se sumara a la marcha convocada por organizaciones de Derechos Humanos para pedir justicia, denunciar y que se investigaran los casos de violaciones a los derechos humanos acaecidos en Dictadura.
Fuente: 1 Claudia Rodríguez, Mujer Transexual, Activista, Chilena. Recopila y edita Michel Riquelme A mediados de la década de 1980, las travestís y mujeres transexuales comienzan a viajar a Argentina, específicamente a la ciudad de Buenos Aires, ya que en ese lugar sus pares travestís argentinas se inyectaban silicona líquida industrial en los pechos para simular las mamas. Esta técnica de cirugía artesanal es importada a Chile a finales de los años 80 y tiene gran difusión sobretodo en el norte del país. En la misma época también comienza el uso de hormonas por parte de travestís y mujeres transexuales para feminizar sus características físicas. En la mayoría de los casos este proceso era llevado a cabo de forma automedicada. En algunos casos, después de meses o años administrándose hormonas, la persona podía acceder a la operación de readecuación sexual. El registro más antiguo que se tiene del caso de un hombre transexual, o sea una persona que habiendo nacido con genitales femeninos dice sentirse hombre y persiste en la construcción física de su cuerpo para masculinizarlo, que se haya realizado readecuación sexual en Chile, es a principios de los años 90 en el Hospital Van Büren a cargo del Doctor Guillermo Mac Millan. De esta fecha también datan los tratamientos con hormona testosterona para masculinizar el cuerpo de los hombres transexuales. El año 1989 nace el primer Movimiento de Liberación Homosexual Histórico como respuesta de un grupo de ciudadanos que se identificaban como homosexuales o gays y que reclamaban por su derecho a la libre expresión de sus afectos, conductas que estaban penadas en ese entonces por el articulo 365 del código penal que sancionaba con cárcel la sodomía consentida entre hombres adultos. Parte de este grupo se retira del Móvil Histórico por diferencias políticas y por las discriminaciones de las que eran objetos las travestís que trabajan en la organización por parte de los gays, formando el “Centro Lambda” enfocado a trabajar el tema VIH/SIDA con población vulnerable, especialmente Travestís trabajadoras sexuales. Posteriormente los grupos vuelven a unirse en el actual Movimiento Unificado de Minorías Sexuales. Es al alero de este movimiento que en el año 1999, empiezan a organizarse las travestís trabajadoras sexuales de la región metropolitana de Santiago, para formar luego la primera agrupación de travestís “Traves Chile” en el año 2000. Traves Chile se dedica a empoderar a travestis a lo largo del país y se fundan organizaciones en Talca y Concepción. En Santiago también surge “Traves Navia”, en la comuna de Cerro Navia. Las travestis trabajadoras sexuales de Viña del Mar y Valparaíso también se organizan y crean el “Sindicato Afrodita”. El año 2002 se empieza a introducir en el ambiente travesti y transexual chileno, principalmente a nivel de organizaciones, el término “Transgénera/o” para designar a las travestis y transexuales que no se sentían cómodas con los términos anteriores, ya que “travesti” era asociado principalmente a la prostitución, mientras que “transexual” sólo a las personas que se habían operado los genitales. También ese año es dado a conocer el primer informe oficial de Derechos Humanos que consideran las variables de orientación sexual e identidad de género, llamado “Primer Informe Anual sobre los principales hechos que involucran a las minorías sexuales chilenas”, realizado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual. (2)
Violaciones al derecho a la vida, la libertad y la seguridad personales (3)
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Violaciones al derecho al trabajo
Citas textuales del Fallo:
Fuente: 4 Corte de Apelaciones de Santiago, Recurso de protección, rol 4398-2008.
“El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual deben contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos ya a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización material y espiritual posible, con pleno respeto los derechos, y garantías que esta Constitución establece”, asimismo el artículo 19 de la Constitución Política de la República en su N° 16, establece, como garantía Constitucional, el “principio de la libertad de trabajo”, y en términos tales que : “Prohíbe cualquier discriminación, que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena limites de edad para determinados casos” .
En la misma Constitución Política, la que con el objeto de vincular e insertar nuestro ordenamiento jurídico interno con la evolución y progreso de la comunidad jurídica internacional, agregó e inciso 2° del articulo 5° de la Constitución, el acápite siguiente: “Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes”. Y es así que por esta vía se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico el convenio Nº 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la discriminación en materia de empelo y ocupación, de fecha 4 de junio 1958, convenio ratificado pro Chile el día 20 de septiembre de 1971, el que al considerar que la Declaración de Filadelfia que afirma que todos los Seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades y que la discriminación constituye una violación de los derechos enunciados por la Declaración Universal de Derechos Humanos”. (6)
Violaciones por invisibilización en las políticas de salud
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(arriba) |
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